~"Somos la parte olvidada en la construcción de la Memoria Colectiva"~
"La Memoria no se nutre de olvidos ni olvidados"

miércoles, 31 de diciembre de 2008

Soldados Desaparecidos: Proyecto

Proyecto de Ley:

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°: Dispónese, que en todos los registros obrantes en poder de las Fuerzas Armadas y/o Ministerio de Defensa,  relacionados con la incorporación de ciudadanos en calidad de soldados conscriptos entre los años 1973 a 1982 en cumplimiento de la ley de Servicio Militar Obligatorio, y que hubieren sido desaparecidos durante el transcurso de su servicio militar, se excluya definitivamente la calificación de desertor o similar, y se reemplace por la expresión:
-a) "En situación de desaparecido desde el día...”
-b) A continuación deberá consignarse la fecha de su desaparición, o en su defecto la fecha en que oportunamente se lo declaró desertor.
 -c) Inmediatamente después de consignarse la fecha, se establecerá: “...en cumplimiento del Servicio Militar y sin novedad a la fecha del licenciamiento total de la clase".
Art.2°: Se hace extensiva la prescripción establecida en el artículo anterior, a toda documentación, constancia, Certificación de Servicios o Certificación de Situación Militar que deba expedirse a solicitud o requerimiento de familiares de los ex soldados desaparecidos u organismos del estado nacional, provincial o municipales.
Art.3°: En los casos en que la falta o escasez de documentación lo haga necesario, el Ministerio de Defensa queda facultado para requerir en forma directa, constancias o copias de actuaciones referidas a denuncias sobre la desaparición de ciudadanos que se hallaren en cumplimiento del servicio militar, a cualquier entidad, organismo o estrado judicial en donde las actuaciones se hubieren tramitado, a los efectos de establecer y/o determinar en forma fehaciente las circunstancias al momento de la desaparición del ciudadano.
Art.4°: de forma.

Fundamentos
Señor Presidente:
La Sociedad argentina avanza, inexorable, hacia un destino firme y seguro de reconstrucción de su historia y su tejido social. Y en esa tarea, el protagonismo de este Congreso ha sido indiscutido e innegable.
Historia y tejido social, que fueron lesionados y flagelados reiteradamente en la mayor parte de la década del ‘70 y los primeros años de los ‘80 con incuestionables y flagrantes violaciones a los derechos humanos.
Tales actos han tenido una respuesta por parte de las sucesivas autoridades democráticas; las que, quizás a causa de las dificultades que surgen a partir de la multiplicidad de situaciones a corregir, no se produjeron con la celeridad con que la sociedad espera. Pero siempre, en tales episodios, la reivindicación, el reconocimiento y el resarcimiento a los damnificados estuvieron presentes.
Desde aquella Comisión Nacional de Desaparición de Personas (CoNaDeP) nacida casi conjuntamente con nuestra democracia y el juicio a las juntas militares, ha sido mucho lo que se hizo, aún a pesar de las marchas y contramarchas acontecidas a lo largo de este tiempo.
La defección respecto a las reivindicaciones de los derechos humanos que representaron las Leyes sancionadas y promulgadas en diciembre de 1986, número 23.492 y 23.521 conocidas como leyes de Punto Final y Obediencia Debida, fue parcialmente corregida mediante la Ley 24.952 de marzo de 1998 que derogó dichas Leyes.
Asimismo, mediante la Ley 24.043 sancionada en noviembre de 1991, se otorgaron beneficios reparatorios a las personas que hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional durante la vigencia del estado de sitio, o siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares.
Y por medio de la Ley 24.411, de diciembre de 1994, se establecieron los beneficios que tendrán derecho a percibir los causahabientes de personas en situación de desaparición forzada.
La Ley 24.823, de mayo de 1997, reguló aspectos de la indemnización dispuesta por la Ley 24.411, estableciendo su carácter, forma de percibirla y sus beneficiarios.
Posteriores normas ampliaron los plazos originalmente establecidos para acogerse a los beneficios establecidos por las Leyes citadas, y/o reglamentaron la aplicación de las mismas, pero de toda la normativa aplicada surge que ha quedado sin consideración el reconocimiento, reparación y reivindicación que con toda justicia se merecen otros ciudadanos, apenas adolescentes, que padecieron el infortunio de su desaparición forzosa en oportunidad del cumplimiento de la Ley de Servicio Militar Obligatorio imperante o vigente entonces.
Sabido es, que los trágicos acontecimientos acaecidos en nuestra historia reciente, en los años que usualmente se denominan  ‘la década infame’, la desaparición forzada de personas constituía una práctica asidua y recurrente, especialmente a partir del momento de la instauración de un gobierno de facto que se autodenominó “Proceso de Reconstrucción Nacional”.
Sin ningún respeto por los valores, las leyes del debido proceso ni por la vida humana, se impartieron órdenes de muerte contra jóvenes idealistas que sólo representaban la propia rebeldía de la juventud o -más aberrante aún- caer bajo el inefable concepto de ser considerado “Sospechoso”.
Resultaron víctimas así, los estudiantes secundarios, universitarios, profesionales, dirigentes políticos, hombres de letras y otros más, quienes jamás imaginaron encontrarse inmersos en una represión sin precedentes en la Argentina. Sabido es esto.
Pero también -y no es tan sabido- un importante número de ciudadanos que se encontraban ‘bajo bandera’ en cumplimiento de su servicio militar fueron víctimas de desaparición forzosa. Y menos sabido aún, es que como consecuencia de esa desaparición forzosa, impunemente se los declaraba “Desertores”, y en muchos casos, sus domicilios eran allanados con el pretexto de retirar bienes de propiedad militar, como uniformes, calzado, etc.
Así llegamos al día de hoy, en que, por insólito e inexplicable que parezca, la situación de estos soldados, víctimas de desaparición forzosa, aún continúa con la calificación de “Desertores” en todos los registros militares referidos a la incorporación de personal civil en calidad de Soldados Conscriptos en cumplimiento de la ley de Servicio Militar.
Si a un padre o a una madre, que vio partir a su hijo a cumplir con el servicio militar, ‘a cumplir con la patria’, resulta difícil explicarle su desaparición, peor aún es recibir un allanamiento y una acusación de deserción por toda explicación. Y peor aún todavía, es saber que al día de hoy, para las Instituciones de la actual República, democrática, el hijo que ayer les arrebataron continúa hoy siendo considerado un desertor y un traidor a la patria.
No hay lugar a dudas, además, que esta situación pone en evidencia que las circunstancias vividas se encuentran bajo el amparo de los Derechos Humanos, en razón de que las acciones descriptas fueron ejecutadas desde el Estado o sus Instituciones, sin que éste ejerciera su obligación de custodia, tutela y guarda, y en abierta violación a los artículos 5 y 11 del Pacto de San José de Costa Rica, celebrado en la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. Pacto este último, del que nuestro país es signatario.
Un buen cuadro de situación de los sucesos aquí fundamentados respecto a estos ciudadanos bajo bandera, lo proporcionaría la lectura del libro “El Escuadrón Perdido”, de puño y letra del Capitán (Q.E.P.D.) José Luis D’Andrea Mohr, quien investigó y denunció 129 casos de los aquí referenciados.
Resulta claro, por lo demás, que para las Instituciones democráticas de una República, es inadmisible que se soslaye esta circunstancia referida a la definitiva determinación de la situación militar de aquellos ciudadanos desaparecidos durante el transcurso de su incorporación al servicio militar. No les devolveremos la vida, pero sí les restituiremos la dignidad arrebatada cuando les arrebataron la vida a quienes aún, no descansan en paz.
En función de las razones arriba fundamentadas, es que elevamos el presente proyecto de ley, el que oportunamente y con el apoyo de nuestros pares, esperamos sea aprobado.

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Soldados Desaparecidos

Desde hace tiempo, desde la Asociación estamos impulsando distintos reclamos, todos ellos tendientes a lograr el merecido reconocimiento a nuestras clases.
Comenzamos impulsando el Proyecto de Ley Nacional, ante las falencias del 3410 y su posterior pérdida de estado parlamentario.
También desarrollamos nuestra acción sobre algunas (lamentablemente no todas) Legislaturas provinciales, mediante Proyectos de Ley Provinciales y también Declaraciones y Resoluciones, tanto a nivel provincial como de Municipios y Comunas.
Todas ellas tendientes a 'empujar desde abajo' el reconocimiento y reparación debidos, y poder llegar al Congreso de la Nación con más fuerza.
También hemos impulsado un proyecto de Resolución ante el Congreso Nacional, declarando la legitimidad de nuestro reclamo, y concediéndonos el reconocimiento, como un 'paso previo' a la sanción de la Ley Nacional, más amplia, con reconocimiento y reparación.
A la marcha del 7 de mayo, asistieron a la misma, y tuvimos el agrado de conocer, a Nelly Méndez de Vattino y a Alicia Vattino, madre y hermana -respectivamente- de un ex compañero soldado conscripto desaparecido: Daniel Omar Vattino, cuyo caso es uno de los tantos relatados en el libro del Capitán José Luis D'Andrea Mohr, "El Escuadrón Perdido".
Como todos saben, todos los ex soldados desaparecidos eran declarados "Desertores", y aún hoy figuran en los registros militares bajo esa calificación.
Uno que no lo vivió en carne propia, a esa situación la ve como una más de todas las hijaputeces que se ven a diario.
Pero cuando ve de cerca el dolor que una humillación de esa naturaleza produce en los familiares, la idea cambia.
Desde ese día, nos comprometimos también a llevar adelante esta bandera, y desarrollar también una acción destinada a producir el desagravio y reconocimiento a estos soldados desaparecidos.
Así fue que elaboramos otro proyecto de Ley Nacional más, que apuntara a este objetivo.
Como todos saben lo que ocurre con nuestros proyectos cuando caen en manos de otra gente, éste, fue mucho más celosamente tramitado, gestionado, impulsado, o como quieran llamarle, en razón de que acá lo que está en juego es el dolor de gente a quienes la muerte absurda les mutiló a sus hijos. Sólo cuatro miembros de Anexso tenemos conocimiento de este proyecto, además de las personas directamente involucradas, como son las Madres, Madres línea fundadora y la gente que impulsa la causa 'Campo de Mayo', cuyos abogados hicieron las gestiones ante el Ministerio de Defensa, y otros organismos que no viene al caso relatar.
Pues bien, debo decirles que el Ministerio de Defensa, aceptó producir el desagravio a los ex soldados desaparecidos.
También nos acompaña el Ministerio de Justicia y DDHH.
En las conversaciones preliminares que se están manteniendo, en principio esto se haría el 24 de marzo, de este año que en unas horas comienza.
No estoy en condiciones de informar si el proyecto se presentará no bien iniciado el período legislativo (1° de marzo), para contar ya con su sanción para el 24 de marzo, o si ese día se enviará al Congreso como trámite parlamentario, para su posterior sanción.
Tampoco sé cómo quedará definitivamente redactado, ya que es probable que las instituciones que nos acompañan quieran introducir algún texto o artículo.
También sé que el Diputado Nacional Remo Carlotto (hijo de Estela Carlotto), enterado de este desagravio, tiene en borrador un proyecto similar, por lo cual quizá haya que compatibilizarlo con el suyo, y si es el suyo el que se presenta como trámite parlamentario, para mí por lo menos, lo mismo da, porque lo que importa es el objetivo, y no los nombres.
Nos quedó pendiente una audiencia con Hebe de Bonafini, que iba a ser la semana pasada, pero (siempre tenemos un pero... cuando no es el campo, es...) el despelote que se armó con la liberación de estos represores hizo que se postergue para más adelante.
En un mail posterior daré a conocer el texto del proyecto, pero debo advertirles -además de los probables cambios que ya mencioné- que los Fundamentos no están definitivamente concluidos, ya que le he solicitado a Alicia Vattino que me escriba algunos párrafos para insertarlos en esos Fundamentos (me quiero dar ese gusto, pero por sobre todo, quiero tener ese Honor, Uds entenderán), pero dado un problema de salud que la postergó en sus actividades, recién me lo enviará en estos días.
No obstante, ya todos saben de esa circunstancia, y saben que el texto definitivo será el que envíe estos días. Mientras tanto, se avanzó con lo que está.
Quiero hacerles llegar a Alicia y a su mamá Nelly, viejas militantes de Madres, mi más profundo agradecimiento por su colaboración, apoyo y solidaridad en esta gestión.
Un beso enorme, enorme, para ellas, con mi cariño y afecto de siempre...
A todos los demás compañeros, un fuerte abrazo y mis mejores deseos para el año que se inicia.

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Nueva Declaración

Esta vez, el logro es de los Compañeros de Cruz del Eje, Córdoba.
Un agradecimiento especial al compañero Raúl Juárez, quien es Protesorero (y delegado por C.del Eje) de la Asociación de Ex Soldados Regional Córdoba.
Estos son los enlaces a las imágenes escaneadas de esa Declaración, que se suma a las anteriores:

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martes, 30 de diciembre de 2008

La Jura

...Y pensar que conozco a unos cuantos...
    Debería ir con dedicatoria ¿no?


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Reclamo Administrativo

Continuando con algunas cuestiones que quedaron pendientes de comentar en el post anterior, acerca de este tema del Reclamo Administrativo por parte de los Ex Soldados Clases 53 a 59, cabe agregar algunos breves comentarios.
Y el aspecto más importante a señalar, es que hay que tener absoluta seguridad acerca de qué es lo que se va a reclamar, como así también -y más importante diría- sobre qué se fundamentará y apoyará el reclamo.
Y digo esto porque cuando se concurra a sede judicial, con la denegatoria del Ministerio ya obtenida, el expediente judicial deberá continuar, tanto en el reclamo como en sus fundamentos, siguiendo la misma línea sobre la que se formuló el Reclamo Administrativo en el Ministerio.
Es decir, no se puede formular un reclamo ante el Ministerio con un determinado propósito y fundamentos, y luego, en sede judicial, en el expediente que se inicie, cambiar en todo o en parte el contenido del reclamo, o el sustento sobre el cual versa.
Dicho en pocas palabras, no podrán reclamar, por ejemplo, ante el Ministerio su reconocimiento como ex combatientes de un conflicto armado -interno o no- y luego en la justicia accionar solicitando el reconocimiento como víctimas del terrorismo de estado. O viceversa.
Y más que viceversa, 'divagar' sobre las distintas variantes o enfoques que contiene o sobre los que puede versar el objeto del reclamo.
Hay que hacer un profundo estudio de todas las posibilidades y sus variantes, combinadas o no entre sí, y luego definir con claridad la línea del reclamo, como así también su fundamentación y sustento.
Un error o una óptica desacertada en el enfoque, conducirá invariablemente a un fallo adverso.
De más está señalar la inmensa responsabilidad que le cabe a cada uno de los futuros litigantes en este sentido, ya que un fallo adverso a cualquiera de los 150.000 ex soldados, arrastrará inevitablemente a los demás, dado que sienta un precedente importante que todos los juzgados en los que recaigan los distintos expedientes aplicarán, en algo parecido a la 'jurisprudencia' que caracteriza a ciertos sistemas de justicia, llámese aquí 'cosa juzgada', 'doctrina', o lo que sea.
Indudablemente, otra cuestión que no es de menor importancia, es saber que se dispone del dinero suficiente como para continuar, a lo largo de los sucesivos años que demande la tramitación del expediente judicial, y a lo largo de las distintas instancias judiciales, ya que, sin lugar a dudas, este tipo de acción judicial concluirá, indefectiblemente, en manos de la Corte Suprema.
Ya que a este tipo de cuestiones, el Estado las recurre hasta llegar a la Corte.
Ya conocen -demás está decirlo- que esto es lo que ocurre con todos los reclamos de los jubilados.En nuestro caso no será diferente, sin dudas...

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¡¡¡Feliz Año Nuevo!!!

¡¡Feliz 2009 para todos!! Que sea para todos, un año pleno de realizaciones...


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lunes, 29 de diciembre de 2008

Uno del Negro...

Y de nuestra época...


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Dos de Colimbas

El capitán de un portaaviones, de noche, ve unas luces dirigiéndose directamente hacia él, y rápidamente intenta hablar con el otro capitán por radio.
- Aquí el capitán del Invencible, dirigiéndose al buque no identificado... ¡estamos en rumbo de colisión!... cambie su rumbo 10 grados al sur. Cambio.
- Rectifique usted su rumbo 10 grados al norte. Cambio.
- Oiga, que soy un capitán, y le ordeno que cambie su rumbo 10 grados al sur ¡Cambio!
- Pues mire, yo sólo soy un marinero de segunda, pero insisto en que sea usted el que modifique su rumbo 10 grados al norte. Cambio.
- Pero es que esto es un portaaviones, y tengo prioridad ¡¡Cambio!!
- Me da igual, esto es un faro.
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Un marica en la colimba estaba adornando su FALPARA colocándole margaritas en los orificios del rompellamas, cuando un vozarrón a sus espaldas lo interrumpe:
- ¡¡¡Soldado Garmendia!!!
- ¡Ordene, mi guapo!
- ¡¿Pero qué es eso de guapo?! ¡¡Soy un Capitán!! ¿No ha visto estas estrellas?
- ¡Ay, bueno! ¡Ordene, mi cielo!
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Campo minado...


Instrucción de combate: movimiento, desplazamiento en el terreno y toma de posiciones.

Un soldado pregunta:

- Mi Sargento, ¿qué podemos hacer si pisamos una mina?

- ¡El procedimiento habitual es esparcirse en pedacitos en un radio de 30 metros, soldado!

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domingo, 28 de diciembre de 2008

Clases 53 a 59 y Reclamo Administrativo

En qué consiste el Reclamo Administrativo:
En breve síntesis, podemos decir que el Reclamo Administrativo es el paso previo, o la instancia previa, que debe cumplimentarse para poder iniciar acciones judiciales (vulgarmente 'juicio') al Estado.
Es decir, todos aquellos que consideran que sus derechos han sido vulnerados, o directamente no reconocidos -como es nuestro caso- tienen la posibilidad de recurrir a la justicia a los efectos de la restitución o el reconocimiento de sus derechos, mediante la sustanciación de un juicio; el que, al producirse la sentencia o fallo, y éste quede firme, restituirá o reconocerá los derechos reclamados.
Antes de 1900, para poder demandar al Estado era necesaria una 'venia legislativa', es decir, la sanción de una ley por parte del Congreso Nacional que habilitara -o mejor dicho, autorizara- la posibilidad de iniciar tal demanda.
En ese año se sancionó la ley N° 3952, que derogó la exigencia de la sanción de una ley específica para determinado reclamo, y lo sustituyó por la exigencia de tramitar un previo reclamo administrativo al Estado (representado por el Ministerio que correspondiera o Comando en Jefe pertinente), por aquello que se quería demandar.
Desde entonces mucha agua ha corrido bajo el puente, hasta llegar al día de hoy, en que tenemos vigentes la Ley 19.549 o Ley de Procedimiento Administrativo, sus Decretos Reglamentarios 1759/72 y 1883/91, su modificatoria, la Ley 21.686, y la Ley 20.606 que contempla -para ciertos y determinados casos- la posibilidad de la reapertura del Procedimiento Administrativo, cuando hubiera operado la caducidad en primera instancia de dicho procedimiento.
En qué punto nos encontramos los Ex Soldados 53/59:
Una idea aproximada acerca del punto en que nos encontramos, ya la tiré en los primeros párrafos: nuestra situación no es la de alguien cuyos legítimos derechos -oportunamente reconocidos y ya en ejercicio- fueron o están siendo avasallados o vulnerados.
Nuestros legítimos derechos aún no fueron reconocidos, circunstancia que hace que debamos comenzar el reclamo desde más atrás, es decir, desde el mismo reconocimiento. Eso significa que la debida reparación (Pensión) está mucho más allá de lo que muchos creen, o de lo que muchos inescrupulosos les hacen creer a nuestros compañeros, con el único propósito de sacarles dinero.
No debemos preocuparnos de una eventual prescripción que pueda perjudicarnos, dado que al momento del licenciamiento de nuestras clases, la ley vigente nos incorporaba a las fuerzas de la reserva por un período de tiempo que aún nos comprende. Posteriormente, al modificarse la ley de SMO, si fijó en 35 años de edad el límite para ser incorporados en calidad de reserva si fuese menester a consecuencia de un conflicto. Salvo -obvio- una nueva ley del Congreso.
Cómo iniciar un Reclamo Administrativo:
Cualquiera de nosotros puede, sin necesidad de la asistencia de un 'profesional', iniciar un Reclamo Administrativo en reconocimiento de sus derechos. El organismo al que debemos dirigirnos y efectuar el reclamo, en nuestro caso, es el Ministerio de Defensa.
Estos reclamos, son necesariamente individuales, por lo que no pueden ser presentados en forma conjunta, ni por medio de asociaciones o agrupaciones. Cada uno deberá iniciar el reclamo individualmente. Así es que no es necesario -como por ahí lo pintan- incorporarse ni pertenecer a agrupación, asociación y/o rejunte alguno para poder efectuarlo.
En esto cada uno deberá marchar solito, y la pertenencia a algún grupo 'consustanciado' con el reclamo, no le dará a éste mayor fuerza, por numeroso que sea el grupo. Nunca.
Cierto es que puede parecer un tanto complejo para algunos hacerlo por su propia cuenta, pero si leen con atención la Ley de Procedimiento Administrativo anteriormente citada, y se interiorizan un poco más con la lectura de este tratado, verán que no es difícil hacer una presentación frente al Ministerio de Defensa.
Lo que sigue:
Ya tenemos hecha la presentación del reclamo ante el Ministerio de Defensa. Hasta acá pipí-cucú.
Ahora deberemos esperar el plazo legal del que dispone el Ministerio para darnos una respuesta. Cumplido ese plazo legal, obtendremos, como en los casos en que ya se han presentado, una respuesta como ésta.
Donde también nos informarán que disponemos de este plazo, para impugnar en sede judicial la respuesta que obtuvimos.
Transcurridos esos 90 días hábiles judiciales, si no ejercimos ese derecho, e iniciamos el expediente judicial por la demanda, sí opera la prescripción, y perderemos todo derecho a efectuar un reclamo similar en el futuro. Nunca más habrá otra oportunidad, y lo único que puede llegar a ampararnos en el futuro, será la sanción de una ley que contemple el beneficio por el reconocimiento de nuestros derechos.
Por lo tanto, si no estamos firmemente convencidos de continuar con el juicio una vez que nos den esa respuesta, es mejor no hacer el reclamo administrativo, ya que se extinguirán para siempre nuestros derechos, tanto de reclamo como de iniciar acciones judiciales.
Ahora bien, una vez obtenidas las respuestas citadas por parte del Ministerio, ya no podrán seguir solitos. No podrán dirigirse a sede judicial por su cuenta. Allí sí es necesaria la asistencia de un 'profesional': boga, cuervo, ave negra, tordo o como le quieran llamar al bicho, a quien deberán otorgarle un Poder... si no es que se lo hicieron firmar antes, y de una forma no gratuita. Porque ésa es otra: los poderes, cuando se confieren, son gratuitos, y además deben ser extendidos en sede judicial.
Tengan en cuenta, que la instancia en sede judicial no se inicia gratis. Según propias manifestaciones de quienes ya impulsaban esta vía judicial al inicio de este año, los gastos 'de arranque' eran, para esa fecha, de 400 mangos 'per cápita'. Imaginen ahora cuánto es... ya que esto es de cuando un grupo se disponía a mandar al frente a un par de indigentes a modo 'de prueba'... de experimentación, ¿se acuerdan? ¡Bravo, Mengele...!
También deben saber, que los honorarios profesionales para este tipo de instancias, son los que estipula la Ley 17.040, y su modificatoria, la ley 21.389. Cualquier cosa que les pidan por encima de lo que establece el artículo 5 es ilegal, y sujeto a las sanciones previstas en el artículo 5 Bis.
También he escuchado que algunos prometen que "los abogados no cobrarán honorarios". Si les han dicho tal cosa, deberán asegurarse de que sea por escrito, con firma y sello del profesional, y deberán asegurarse de que se incluya en el texto, que los correspondientes aportes que obligatoriamente deberán hacerse a la Caja Forense sobre los honorarios fijados por el Juez, sean a cargo del mismo profesional 'prometedor'.
Así y todo, no estarán a salvo completamente de los honorarios. Ya que si por lo que puta fuera, el fallo, la sentencia que resulte firme les resulta desfavorable -o sea: pierden el juicio- también deberán abonar los honorarios que el Juez le fije al profesional que representa a la parte demandada. Y tengan por seguro que los abogados cobran... podrán deberle al almacenero de la esquina toda la vida, pero no a un boga... ése se cobra seguro.
Otra de las cuestiones importantes que deberán tener en cuenta, es que este tipo de acciones judiciales, llevan años y años en tramitarse, y sobre todo si tenemos en consideración las cuestiones relativas al encuadre que necesariamente se desprenderá del fallo, relativo a los sucesos acontecidos en nuestros años de SMO, y por el cual reclamamos.
Cómo termina:
¿Termina dije? NO... recién empieza... siempre y cuando el fallo nos haya sido favorable, eso es. De lo contrario, un fallo desfavorable indica que efectivamente, ya terminó todo.
Ahora, si el fallo nos fue favorable, habremos obtenido sólo el reconocimiento "de la legitimidad" de nuestros derechos, pero nada más.
Recuerden que nosotros debemos iniciar el reclamo desde más atrás, desde el reconocimiento.
Por lo que, con ese fallo favorable en mano, deberemos iniciar otra instancia judicial más, y por igual cantidad de años o más, reclamando "la reparación", esto es, que el Estado se avenga a abonar lo adeudado, y a otorgarnos una pensión. Si logramos ganar este otro juicio, disfrutaremos de una agradable pensión durante los pocos días -o quizás semanas, con suerte- que nos queden de vida; y lo adeudado, nos será abonado en bonos basura, que cotizarán (como muchos los actuales) al 1% de su valor nominal.
Bonos que quedarán para nuestros derechohabientes, porque con la agilidad de nuestros gobiernos para estas cosas, nunca los veremos siquiera salir de la imprenta. Recuerden también, que al profesional, deberán abonarle el porcentaje correspondiente a sus honorarios, sobre el valor nominal, y no sobre el valor real, de mercado o cotización.
La cuenta es simple: supongamos que deberán cobrar $ 50.000. Recibirán 500 bonos de $ 100. Estos 500 Bonos tendrán un valor de mercado de $ 500 ó 600, no más. Suponiendo que el abogado no es un chanta y cobra el 10%, le corresponde el 10% de 50.000; o sea $ 5.000. Por lo que deberán entregarle la totalidad de los bonos (si es que los acepta), y deberán sacar de otro lado $ 4.400 ó 4.500 para saldar la deuda.
Por lo demás, siempre sostuve que iniciar acciones legales, en este momento no sólo es contraproducente (para nosotros, pero no para los bogas ni sus socios), sino que además es extemporáneo.
Bismarck dijo "Prefiero aprender de la experiencia de los demás, porque la propia llega tarde y cuesta caro". Y en ese sentido, también sé que los ex de Malvinas, nunca iniciaron acciones legales ni juicios, sino que todos sus reclamos estuvieron orientados al poder político, en su incesante búsqueda de atención a sus reclamos.
No reniego ni desisto definitivamente de la instancia judicial, porque si en unos años no queda otra, habrá que iniciarla.
Pero una cosa tengo por seguro: no alcanzaré a ver ni un sólo centavo. Y cuando llegue ese reconocimiento, será para mis derechohabientes. Lo haré, simplemente para no regalarle al Estado ni a los políticos que nos ignoran, lo correspondiente y a la vez, la resultante de mis derechos tantos años ignorados. Nada más.

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miércoles, 24 de diciembre de 2008

Spaghettis

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lunes, 22 de diciembre de 2008

Humor V

Era otoño, y los indios de una remota reservación preguntaron a su nuevo Jefe si el próximo invierno iba a ser frío o apacible.
Dado que él era un Jefe Indio en una sociedad moderna, nunca había aprendido los viejos secretos, y cuando miró el cielo, no podía decir qué iba a suceder con el tiempo...
De cualquier manera, para estar seguro, él respondió a su tribu que el invierno iba verdaderamente a ser frío y que los miembros de la aldea deberían recolectar leña para estar preparados.
Pero como también era un líder práctico, después de algunos días tuvo una idea.
Fue a la cabina telefónica y llamó al Servicio Meteorológico Nacional y preguntó:
- ¿El próximo invierno será muy frío?
- Parece que el próximo invierno será algo frío - respondió el meteorólogo de turno del Servicio Nacional.
De manera que el Jefe volvió a su gente y les dijo que se pusieran a juntar más leña aún para estar preparados.
Una semana después el Jefe llamó otra vez al Servicio Meteorológico y preguntó:
- ¿Sus previsiones dicen que será un invierno muy frío?
- Sí -respondió el meteorólogo de turno- va a ser un invierno muy frío.
El Jefe regresó nuevamente a su gente y les ordenó recolectar todos los pedazos de leña que pudieran encontrar.
Dos semanas más tarde el Jefe llamó al Servicio Meteorológico una vez más:
- ¿Están ustedes absolutamente seguros que el próximo invierno habrá de ser muy frío?
- Absolutamente, sin duda alguna  -respondió el hombre al otro lado de la línea- va a ser uno de los inviernos más fríos que se hayan conocido.
- ¿Y cómo pueden ustedes estar tan seguros? -preguntó el Jefe.
Y el meteorólogo respondió:
- ¡Ah!... porque los indios están juntando leña como locos...
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Una joven va a confesarse:
- Padre, he pecado con la carne.
El cura la mete al confesionario y le pregunta:
-Que te hicieron hija ? te besaron así ?.... Sí padre, eso y más...
-Te quitaron la blusa así ?.... Sí padre, eso y más...
-Te besaron los senos así ?.... Sí padre, eso y más...
-Te agarraron por aquí abajo así ?.... Sí padre, eso y más...
-Te bajaron la bombachita así?.... Sí padre, eso y más...
-Te introdujeron por aquí algo como esto?.... Sí padre, eso y más...
-Te acabaron así?.... Sí padre, eso y más...
-Caramba niña, y qué más te hicieron ?...
-Me pegaron una gonorrea de la puta madre...
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Un hombre llega al infierno y el diablo le dice:
"Como hoy estoy de buenas, te dejaré que escojas el castigo que tú quieras".
El diablo lo lleva a una cámara de tortura en la que ve a un hombre al que le están dando latigazos, tantos que sus pulmones están al descubierto.
- ¿Cuánto tiene ese hombre ahí? -pregunta.
- Quince años, y tiene que estar mil años -contesta el diablo.
- No, yo no quiero eso.
Entonces lo lleva a la segunda cámara de tortura en la que está una mujer a la que le están apagando cigarros en el ombligo, tantos que los intestinos están al aire.
- ¿Cuánto tiene esa mujer ahí? -pregunta.
- Siete años, y debe estar mil años -dice el diablo.
- No, yo no quiero eso.
Por último, lo lleva a la última cámara en la que está un hombre al cual una mujer le está chupando el pene.
- Aquí quiero estar -dice el hombre.
- ¿Estás seguro?, son mil años -le dice el diablo.
- No me importa, aquí quiero yo.
El diablo entra a la cámara dice:
- ¡Chabela, llegó tu reemplazo!

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Clases del 53 al 59

Quiénes somos... y cómo nos ven:

Hace unos días, a raíz de un mensaje al foro y varios a mi privado, dije que intentaría explicar -al menos desde mi punto de vista- quiénes somos, y también cómo nos ven a los Soldados del 53 al 59, especialmente desde el ángulo político: diputados y funcionarios en general. Y también porqué razón, algunas otras clases de ex soldados tienen más eco o son más escuchados que nosotros.
En realidad, en varias oportunidades comencé a escribir acerca de esto. Pero nunca concluí esas redacciones, y después eliminaba los borradores de esos mails. Y lo hacía porque el mensaje sería, por un lado, demasiado extenso, y por otro lado terminaría siendo algo cuya lectura pueda resultar aburrida, ya que se trata de algo que a nadie le interesa, y que por cierto nadie le va a dar pelota.
De manera que sólo va a pedido de algunos interesados.
Sabido es, que lo único que les interesa a la gran mayoría es una respuesta cierta a la pregunta "¿Cuándo cobramos?", y absolutamente nada más.
Con referencia a cómo nos ven, o porqué nos confunden con otros grupos, estoy convencido que todo tiene que ver con el 'mensaje', y éste, sin ninguna duda, está directamente relacionado con la 'identidad'.
Todo ser vivo tiene una identidad que le es propia, y en la que confluyen factores hereditarios y factores que son el resultado de la propia vivencia, o experiencia; y en aquellos seres que desarrollan conductas sociales, este último factor crece en incidencia.
Surge así el concepto de identidad grupal o identidad colectiva.
El proceso de construcción de identidad en el hombre -dado su carácter racional y emotivo- es aún mucho más complejo, ya que intervienen más factores incidentes: la imaginación, el 'aparentar', el engaño y autoengaño, el 'querer ser', el figurar, el ser aceptado, la identificación con otros que no son del mismo palo por simple conveniencia, y hasta el delirio y los sueños suelen confluir en el proceso de construcción de una identidad propia o grupal.
No voy a profundizar en este tema, porque requeriría un libro, y de alguien que sepa. Pero aproximémonos, en el tema que nos ocupa -que es la identidad de un grupo numeroso de ex soldados de clases 53 a 59- al único punto de referencia con que contamos como antecedente, y que es el que constituyen los ex combatientes de Malvinas.
Como todos recordarán, estos chicos -porque en aquel entonces eran chicos como nosotros- cuando volvieron de la guerra fueron estigmatizados por gran parte de la sociedad. Eran 'los perdedores'... el oprobio y la vergüenza. Fueron literalmente escondidos bajo la alfombra, y el proceso de 'desmalvinización' del gobierno de Alfonsín, los escondía aún más.
He leído declaraciones de muchos de ellos, y coinciden en que "fue peor lo que vivieron a la vuelta de la guerra, que en la guerra en sí".
A pesar de tenerlas todas en contra, un grupo de 'locos de la guerra' -dicho esto sin la más mínima intención de descalificar- se atrevió a sacar la cabeza de abajo de la alfombra, y a reclamar por lo que era suyo con toda la energía que da el saberse poseedor de un derecho.
Fue muy duro al principio, en primer lugar, porque eran pocos, porque ni sus propios camaradas se sumaban, porque la sociedad se preguntaba 'qué mierda quieren estos perdedores', porque los miraban con recelo, porque sólo despertaban alguna sonrisa burlona en algún descreído; pero esencialmente, porque aún no habían logrado construir su propia identidad: los unía la guerra, y con el correr de los días, también los separaba. Porque en ese proceso de construcción de identidad, sólo sumaban a sus grupos de veteranos, a quienes habían estado efectivamente en las Islas, y quedaban afuera aún sus propios compañeros de regimiento que habían permanecido en territorio continental durante la guerra.
Si me preguntan cuál fue el 'click' por el cual, a partir de un determinado momento sólo permitieron unirse en calidad de 'veterano de guerra' a los que pisaron las Islas, y dejaron de lado a sus propios compañeros sólo movilizados... no lo sé exactamente. Pero sí sé que ese concepto aún persiste hasta hoy, y más acendrado todavía... hasta el límite del odio, o quizá más allá.
Pero a este límite se llega, porque su identidad está tan sólida y férreamente construida a través de los años, que no admite ningún tipo de contemplaciones. En cierta forma también es comprensible, porque el sinnúmero de beneficios de que hoy gozan, los pelearon ellos y nadie más que ellos.
Hoy por hoy, estos veteranos tienen tan 'aprehendida' su identidad colectiva, que de una punta del país a la otra, todos tienen el mismo discurso. O por lo menos, de las puertas hacia afuera. Y hasta lo de las puertas hacia afuera o hacia adentro, también es parte de su identidad colectiva, y todos, todos la respetan; así como respetan sus organizaciones y nadie pasa por encima de nadie ni se corta solo. También he observado que muchos de ellos, tienen tan arraigada, tan internalizada esta identidad colectiva, que hasta desarrollaron los mismos hábitos de conducta.
Como referencia, y para quienes la lectura no es un agobio, les recomiendo leer este artículo o trabajo de campo de la antropóloga Rosana Guber, investigadora del CONICET y del IDES (Instituto de Desarrollo Económico y Social), acerca de la temática de la identidad de los veteranos de Malvinas, y su construcción a partir de lo 'genuino' y lo 'trucho'.
Ahora bien, si nos situamos comparativamente, será fácil advertir que nosotros nos encontramos a años luz de distancia.
Si de construcción de identidad se trata, observaremos que entre los soldados del 53 al 59 y los de Malvinas, dicho proceso deberá ser -necesariamente- distinto. Hay muchas similitudes entre ellos y nosotros, pero también hay muchas diferencias.
1°) Ellos participaron de un 'conflicto armado-guerra no declarada', y nosotros también, a menos que tomemos los decretos 261/75; y 2770-2771-2772/75, como formal declaración de guerra de un gobierno constitucional hacia un "enemigo interno" (el entrecomillado encierra palabras de la época, no una definición de mi parte). Cosa difícil hoy por hoy.
2°) Las circunstancias vividas por ellos, ocurrieron mientras vestían el uniforme de una de las primeras Instituciones del Estado, y en cumplimiento de un mandato constitucional, y de una ley Nacional. Exactamente igual que nosotros.
3°) Ellos pertenecen, en su gran mayoría, a una sola clase, y nosotros somos cinco clases. Y aunque esto último no tenga la apariencia de ser sustancial, lo es, dado que es una de las cuestiones que más diferencias suscitan en torno a la identidad. Sencillamente porque dos de esas cinco clases, también se vieron involucradas en un cuasi conflicto armado con Chile.
4°) Ellos arrancaron con un reclamo justo, impulsando desde sus agrupaciones un genuino reconocimiento a lo que ya era 'su identidad', su grupo de pertenencia. Nosotros arrancamos con el 3410, que ya estaba hecho y, pese a sus falencias, de haber tenido existencia ese sólo proyecto, el tránsito hacia una identidad propia aún sería posible. Pero la multiplicidad de proyectos que se sucedieron después, hicieron que las diferencias apuntadas en el punto 3 se acentuaran.
5°) Ellos construyeron sus organizaciones a partir de un objetivo en común. Nosotros, por lo apuntado en 3 y 4, no tenemos un objetivo común... y no nos engañemos: es así aunque se lo niegue, o nadie lo exprese abiertamente.
6°) Ellos construyeron sus organizaciones prácticamente sin líderes destacados, dado que lo hicieron a partir de la unión que les da esa identidad colectiva o común. Nosotros padecemos a diario la aparición de todo tipo de piltrafas desahuciadas con aspiraciones de líder, que llevan adelante sus propias ideas y por su propia cuenta.
7°) A ellos les tocó en suerte un enemigo extranjero, lo que facilitó el debido reconocimiento, o por lo menos, no estaba sujeto a cuestionamientos; en tanto que el que se nos señalaba a nosotros, aún desde un decreto presidencial, era interno. Pero lo que es innegable e indiscutible, es que tanto nosotros como ellos nos encontrábamos "Bajo Fuego", y eso nos distingue por sobre muchas clases que también reclaman.
8°) Ellos dirigen sus reclamos hacia las autoridades, partiendo desde esa identidad común y siempre con un mismo 'mensaje', como cité al principio. En cambio, entre nuestras clases, estos que puntualizo en el 6° apartado, toman todo tipo de escritos, documentos, proyectos, los 'aggiornan' conforme sus intereses, y los elevan a las autoridades en una parafernalia sin fin de textos contradictorios: amplían clases, reducen clases, amplían beneficiarios, reducen beneficiarios, solicitan montos que nada tienen que ver con la ley, reivindican el Operativo Independencia, lo condenan. Se dicen primordialmente víctimas del terrorismo de estado, nos decimos primordialmente obligados por una ley que no daba opciones. Hay de todo, y todos estos mensajes llegan al que debe dar una respuesta. Yo en su lugar estaría confundido. Nadie sabe qué queremos: no tenemos una identidad común.
Ampliando un poco lo que decía en el punto 3 y en el último párrafo del 4°, creo que conviene comenzar con el siguiente comentario: sabemos de lo álgido que resulta el tema del Operativo Independencia, y máxime teniendo en cuenta la política de DDHH que desde el gobierno se hace en ese sentido.
Así pues, luego de surgidos los proyectos de Velarde y Olmos en los que ya se hablaba del Beagle, numerosos compañeros de las clases 58 y 59, estimaron que tendrían más posibilidades de llegar a la pensión a través del reclamo por esta movilización, que a consecuencia del Operativo Independencia. En consecuencia, surgieron como hongos las organizaciones 'Beagle', iniciando una identidad en tal sentido, y renunciando a la originaria del 3410, que hablaba sólo de OI. Es obvio también, que el carácter extranjero del supuesto enemigo es tentador.
Así pues, de las cinco clases originarias, a falta de una identidad propia, pero esencialmente colectiva, dos se 'despegaron' del tema OI., y basan su reclamo en la movilización por el Beagle, primando el interés personal por sobre un imaginario interés colectivo, lo que resulta por demás obvio, porque el interés colectivo no existe, en razón de que nunca se desarrolló tal identidad.
Si bien todavía hablan, y al reclamo lo hacen -supuestamente- en nombre de las cinco clases, todos sabemos que sobre tal basamento hay tres clases que no resultarían comprendidas. Y si nos atenemos al texto de los proyectos de Velarde y Olmos, tampoco resultarían comprendidos los propios 58 y 59 que no llegaron a aproximarse a la frontera con Chile, pero eso no lo dicen.
En la construcción de esa identidad, les falta dar el paso de reconocerse exclusivamente 58 y 59, segregando a los demás. Pero ese sinceramiento es sólo cuestión de tiempo... ya que algún día aparecerá -y primará- exclusivamente el interés personal. Por ahora -y de palabra y/o por conveniencia carpetera- los 53 a 55 continúan siendo 'sus compañeros'.
Al igual que los de Malvinas con los continentales, algún día llegará el 'click'.
Hablaba en los primeros párrafos acerca de que el proceso de construcción de una identidad en el hombre, resulta mucho más complejo debido a la intervención de múltiples factores, y cité algunos. En el camino hacia esa identidad de auténtico "combatiente" de la que necesitan imbuirse, he leído las cosas más inverosímiles. Algunos pareciera que participaron -por lo menos- de la Tercera Guerra Mundial. Otros invadieron Chile y se tirotearon a lo loco. Los más débiles, los que necesitan exhibir cadáveres que justifiquen, tanto lo ocurrido como así también su calidad de combatiente, han llegado a contabilizar más de dos mil muertos.
.. construyen su identidad sobre las tumbas, y cuantas más hay, más identificados se sienten...
De una cosa estoy seguro: no se construye identidad con los traidores, ni con los aspirantes a líderes, ni con quienes secundan a esta gente. A lo único que se podrá arribar con ellos, es a que hagan otro buen negocio a espaldas (y sobre las espaldas) del resto.
Si alguien intenta convencer a los demás de lo contrario, es porque trabaja para ellos, nunca para todos.
Si así fuera, trabajarían sobre un mismo mensaje. El disenso sería de procedimientos.
Basta imaginar que uno es un político, y viene una agrupación y dice "Somos de las clases 53 a 59, del Operativo Independencia". Otro grupo dice: "somos del Beagle... clases 53 a 59"; y otro se presenta como "Beagle... 58 y 59"; el otro dice "Beagle... clases -∞/+∞"; otro dice ser "53 a 59... víctimas del terrorismo de estado... y adentro del cuartel no me trataban como mi mamá"; o "A mí no me andaba el FAL", el de más al norte dice que le "ganó la guerra a la subversión apátrida"... y se lo dice al tipo -que ahora es Diputado- que tiró las granadas adentro de las duchas en el copamiento del RIM29 (si no me equivoco) de Formosa y mató varios colimbas desarmados y en pelotas...
Y pensar que las bases de una aproximación a una identidad propia no hubiera resultado demasiado compleja:
-Éramos soldados en cumplimiento de un mandato constitucional y de la ley de SMO, en una sujeción de carácter administrativo con el Estado, que nos suspendía hasta nuestros derechos civiles -por sometimiento al Código de Justicia Militar- y políticos. Ni siquiera nuestros padres (o padre sólo en aquellos años) podía ejercer el derecho de patria potestad, a pesar de nuestra edad.
-Fuimos obligados a participar de un conflicto armado en virtud de una orden del Comandante en Jefe (la Chabela) emitida por decreto presidencial. De qué forma la interpretaron nuestros jefes y la llevaron a cabo, no era materia de discusión por nuestra parte.
Y si dicho decreto fuera viciado de inconstitucional -por tomarse el Ejecutivo atribuciones que le son propias al Congreso Nacional- no tiene nada que ver, atendiendo a que los ex combatientes de Malvinas ya fueron reconocidos, y tampoco había constitucionalidad alguna al momento en que recibieron la orden y fueron embarcados a esa locura.
-Vestíamos un uniforme militar, por rotoso que sea, éso era, con todo lo que ello implica.
-La ley de SMO nos ponía a las órdenes -no al mando, ni en libertad de opinión en contrario- de las Fuerzas Armadas, Instituciones del propio estado.
-Nos encontrábamos 'bajo fuego', y al que no le tocó, no viene al caso, porque integrábamos una fuerza que se encontraba participando de un conflicto armado "en desarrollo", y estos dos términos nos ponen bajo el alcance de los derechos que consagran los Convenios de Ginebra, especialmente el II Protocolo Adicional, convenios éstos de los que Argentina es signatario.
-Fuimos víctimas de terrorismo, sí, pero no del mismo terrorismo que padecía la sociedad civil afuera. El terrorismo aplicado hacia adentro de los cuarteles y hacia nosotros en particular, estaba dirigido a un sólo objetivo: que cumpliéramos sus órdenes sin pensar, sin mirar (ciegamente), y sin recordarlo. Y particularmente desde mediados del '73 y hasta fines del '76, que fueron los años más duros, y con mayor cantidad de enfrentamientos armados.
Con sólo estas premisas, más algunas otras con similar o menor significancia, las cinco clases hubieran podido elaborar una identidad, un discurso y un camino en común. Pero ya es tarde. El punto donde estamos no tiene retorno.
La estrategia que planifiquemos para el año entrante, debe ser desde donde estamos parados ahora, y hacia futuro.
En su oportunidad -o mejor dicho en varias oportunidades- ya expresé lo que pienso acerca del tema del Beagle. Y no volví a mencionar el tema; es por demás de obvio, por cierto, que cada uno es libre de hacer lo que quiera y asumir la identidad que le resulte más afín, o que crea que lo pone más cerca de su pensión.
Después de todo -y contradiciendo a Borges- ni siquiera nos une el espanto.
También es dable señalar, que aquellos ex soldados pertenecientes al TOS (Teatro de Operaciones Sur) a quienes genéricamente conocemos como 'continentales', también han logrado ir desarrollando su identidad, aunque ésta entre en colisión -como lo hace- con la de los veteranos de Malvinas. Cuentan con organizaciones mucho más sólidas y bien sostenidas financieramente. Tienen su discurso elaborado y lo sostienen en conjunto, sin contradicciones profundas.
Por eso les dan más bola que a nosotros... así de simple.
El año pasado tenían un proyecto con media sanción del Senado, que cayó por falta de tratamiento en Diputados. Este año lo volvieron a meter en el Senado, le sacaron media sanción, y ya está en tratamiento en Diputados.
El proyecto es el 1527-S-2008
Fue aprobado con modificaciones en el Senado, pero esas modificaciones no están cargadas en la página del Congreso.
Y lo que todos vieron del despelote de esta semana frente al Congreso, entre los Ex de Malvinas y los continentales, se debe a este reconocimiento, pero sólo en parte. Para los ex de Malvinas, este reconocimiento a los continentales lesiona su identidad...
Y decía que sólo en parte, porque del Senado llegaron a Diputados -con media sanción- cuatro proyectos, no uno sólo.
Entre ellos, el 1581-S-2008, que extiende las pensiones para el TOM, TOAS, TOS, Cuadros, etc., modificando las leyes anteriores, que eran exclusivas para los que estuvieron en las islas. Aunque lo nuevo acá es la incorporación del TOS, porque lo demás ya venía realizándose por decreto de Lupo Kirchner.Otro proyecto que llegó con media sanción, es el 1893-S-2008, que introduce modificaciones en el Registro de Ex Combatientes, ya que como todos saben, es éste registro el que otorga los certificados de ex combatientes para que pueda tramitarse la pensión, y para todos los demás beneficios subyacentes. Y en éste registro estaban asentados sólo ellos en calidad de ex combatientes, por lo que la incorporación de los continentales, también lastima esa identidad de años.
El último de los cuatro proyectos que llegó a Diputados con media sanción del Senado... o mejor dicho: el que yo dejé para el último, es un proyecto del 2007, al que le dieron media sanción, ya que a fin de este año perdía estado parlamentario.
Lleva el número 0193-S-2007, y éste sí alegró a los ex combatientes de Malvinas, porque es un subsidio sólo para los del TOM, cuyo monto llega a las 125 lucas para los beneficiarios directos, y a algo más de 200 lucas para los derechohabientes de los que hubieren fallecido. No sé porqué carajo, cuando busco este proyecto en la página del Congreso, me manda a cualquier huevada. De manera que les puse el link a la copia que tengo en mis archivos de Google Docs.
Si leen los Fundamentos, verán que este subsidio es, en definitiva, 'porque sí'... porque tenemos guita y hacemos lo que se nos canta...
Y lo dejé para el último, a modo de dedicatoria para todos los garcas que creen que para tener éxito y que la pensión salga, la cuestión pasa por salir a 'negociar' con el culo untado en vaselina y por su cuenta, por 300 mangos, y en nombre de todos... giles... la guita está...
Mientras tanto, los pantriste y los que el viento amontona, nos entregan quién sabe por cuánto...
este año que viene hay elecciones... la tarifa sube...


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sábado, 20 de diciembre de 2008

Deseo Navideño

Quiero hacerles llegar, a todos los ex Soldados de las Clases 53 a 59, mi deseo navideño para estas Fiestas que se aproximan.
Tal como dije, es para todos, para los que siempre fueron leales y buenos compañeros, y para los otros también hay...
La tarjeta navideña es más clara que mis palabras...


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Ex Soldados 53 a 59

Convocatoria:
Este Lunes 22 de Diciembre, en Luján, a partir de las 14hs., todos los ex soldados de las clases 53 a 59 que puedan concurrir, están invitados a hacer acto de presencia y reclamo frente a la Basílica de Luján, en el acto y oficio religioso por la conmemoración de los 30 años del Conflicto con Chile por el Canal de Beagle.
Aquellos a quienes el tiempo y la distancia se lo permitan, no pueden dejar de concurrir...

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El General También...

Mi cuenta de Hotmail hace rato que no va más...
Y ahora estoy teniendo problemas con la de yahoo... en fin... qué boludeo, soldados...


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sábado, 13 de diciembre de 2008

Proyecto de Ley (2008/09)

A continuación, el texto del Proyecto de Ley impulsado por los ex soldados desde nuestra asociación nacional; y corregido de acuerdo a las disposiciones y alcances de la ley 26425 del Sistema Integrado Previsional Argentino, recientemente sancionada.

Proyecto de Ley
:

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1º: Los ciudadanos argentinos que hubieren sido afectados al Servicio Militar Obligatorio en cumplimiento de la Ley de Servicio Militar Nº 17.531 y sus modificatorias,  pertenecientes a las clases 1953/1954/1955/1958 y 1959, y que hubieren sido incorporados a las filas de las Fuerzas Armadas durante los años 1.974 a 1.978 inclusive, habiendo revestido la calidad de Soldados Conscriptos, cualquiera haya sido la Fuerza, Unidad o Destacamento de destino, serán asimilados a los regímenes de Pensión Honorífica Vitalicia y beneficios sociales adicionales que concede el Estado Nacional a los soldados que prestaron servicio en la guerra del Atlántico Sur, por la recuperación de las Islas Malvinas; conforme al beneficio establecido por la Ley Nº 23.848, sus modificatorias y complementarias.

Artículo 2°: Los ex soldados conscriptos descriptos en el artículo anterior, serán beneficiados con una pensión honorífica y reparatoria que deberá ser fijada por el organismo competente con arreglo a lo establecido en el artículo 1° y que en ningún caso, será inferior al ciento por ciento (100%), de la remuneración mensual, integradas por los rubros "sueldos y regas" que recibe el grado de cabo del Ejército Argentino. Dicha pensión será pasible de las variaciones que resulten como consecuencia de los aumentos que soporte el haber mínimo de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), instituido por la Ley Nº 26.425, y la remuneración fijada a un cabo del ejército en actividad.
En todos los casos, se abonarán a los titulares de las pensiones que por la presente ley se otorgan, las asignaciones familiares, con los mismos requisitos y derechos con que se reconocen a los beneficiarios del citado Régimen Previsional.

Artículo 3°: A los efectos de la obtención de los derechos que la presente Ley les reconoce y concede, los beneficiarios comprendidos en el artículo 1° deberán acreditar por medio del “Certificado de Situación Militar” correspondiente, su cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio, la Unidad de destino según la Fuerza a la que hubiere estado afectado, y las fechas de alta y baja del servicio. Las instituciones y/o unidades militares que debieran expedir los respectivos certificados, están obligadas a remitirlos a pedido de los interesados, en un plazo no mayor de quince (15) días de formalizada la solicitud.

Artículo 4°: Otórgase a los ex soldados conscriptos objeto del beneficio de la presente Ley, y que hubieren dado cumplimiento con las acreditaciones exigidas, los beneficios de la Obra Social para el Personal Civil de la Nación o una de similares características, según en su oportunidad lo disponga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, y con el alcance dispuesto en el artículo 5º. En caso de tratarse de persona fallecida, se comprenderá la misma extensión que prevé el artículo 5º de la presente ley.

Artículo 5°: Los beneficios acordados en los artículos 1º; 2° y 4º, se extenderán a los derechohabientes, entendiéndose por tales a los enumerados en el Art. 53 de la ley 24.241 y sus modificatorias y complementarias. Podrán ser beneficiarios los padres incapacitados para el trabajo, a cargo del causante a la fecha de su deceso, debiendo acreditar fehacientemente y a través de los organismos de contralor pertinente, no contar con otra pensión, jubilación, retiro o prestación no contributiva. En caso de contar con alguna de estas prestaciones, deberán renunciar a las mismas y acogerse a los beneficios otorgados por la presente.
Los beneficios otorgados en la presente, serán compatibles con la percepción de cualquier otro beneficio de carácter previsional permanente, otorgado por el Estado nacional, provincial y/o municipal, en tanto estos últimos no revistan el carácter de no contributivo.
Las pensiones otorgadas y/o a otorgar a los derechohabientes de los beneficiarios mencionados en el artículo 1º, incluidos los padres que reúnan los requisitos citados precedentemente, serán fijadas en el CIEN POR CIENTO (100%) del beneficio del causante.
Los padres de los conscriptos muertos en hechos de  violencia armada y/o en situación de desaparición forzosa al momento del cumplimiento de su servicio militar, podrán acceder al beneficio con la sola acreditación del vínculo.

Artículo 6°: La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, tendrá a su cargo la recepción del trámite correspondiente a la pensión que se concede a los beneficiarios de la presente Ley, como así también su correspondiente liquidación.

Artículo 7°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderán con cargo a “Rentas Generales”.

Artículo 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Fundamentos

Señor presidente:
Una breve Reseña.
Nuestro país, desde comienzos del último gobierno constitucional anterior a la Dictadura, y hasta lograr nuevamente el estado de derecho que posibilitó afianzar el sistema democrático, debió padecer un proceso de violencia, cuyos actos tiñeron de sangre su historia, pero que, a diferencia de la que se perdió en épocas de la colonia y que luego se justificaría en la obtención de nuestra independencia y condición de país soberano, la derramada durante este proceso, mancilló el pasado de esta gran Nación con sangre de inocentes enfrentados entre sí, durante una época signada por el terror en la que primó el más absoluto desprecio por las vidas humanas.
Es así que hasta estos días, el dolor por las pérdidas ocurridas resuena en todos los rincones del país, con gritos ahogados de dolor, que no encuentran respuesta por las ausencias ocurridas en tan nefasto período y que tampoco han podido ser suplidas de alguna manera.
Numerosos grupos armados de distinto origen y de distinto tinte político, desarrollaban sus acciones al margen de la ley, lo que llevó al gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón a sancionar el decreto N° 261/75, y sus ampliatorios 2770/75 - 2772/75.
Con esta herramienta en mano, e interpretada por quién sabe que oscuros designios, se inició una etapa de locura desenfrenada que llevó a la instauración del denominado “Proceso de Reorganización Nacional”.
El "Proceso de Reorganización Nacional", implantado por las fuerzas militares para extender el alcance de estos decretos más allá de la letra de la ley y la Constitución; y denominado así para justificar la voracidad del poder de lamentables personajes que tomaron de manera ilegítima los destinos de nuestro país, les sirvió para utilizar las fuerzas que tenían a su cargo y enfrentar a las organizaciones "terroristas" o "subversivas", como les dieron en denominar entonces.
Bajo estas circunstancias impartieron órdenes de muerte contra jóvenes idealistas que solo representaban la propia rebeldía de la juventud, y valiéndose para sus objetivos de una estructura conformada con armamentos y personal militar que descargaron sin piedad contra toda la sociedad, de la que estos ex-conscriptos formaban parte en calidad de civiles incorporados al régimen militar en cumplimiento de la ley de Servicio Militar Obligatorio.
Destacable es mencionar que tanto los estudiantes secundarios, universitarios, profesionales, dirigentes políticos, hombres de letras y otros más, que no compartían la línea de pensamiento de los dictadores, jamás imaginaron encontrarse inmersos en una represión sin precedentes en la Argentina; ante ello, algunos optaron por quedarse y contrarrestar estos atropellos, a diferencia de otros que decidieron emigrar en salvaguarda de sus vidas y la de sus familiares.
Esta porción de nuestra historia, caracterizada por el miedo y la confusión, dejó la más triste de las estadísticas: la muerte de seres humanos. Sabemos de los mártires que desaparecieron entonces y que representaron los ideales de una Latinoamérica libre, pensante y desatada de la tiranía de los opresores; a ellos, numerosos homenajes se les han rendido, como también se han reivindicado sus nombres e indemnizado los males económicos causados.
Pero tampoco debe pasarse por alto que en la misma porción, se encontraban otras víctimas del sistema: los soldados conscriptos que prestaban servicio militar en las Instituciones que integran las Fuerzas Armadas del país. Debemos tener presente que estos jóvenes (en su mayoría contaban con 20 y 18 años), no pudieron ejercer su derecho de elección y mucho menos opinar o declinar sus conductas, toda vez que, su libre albedrío y voluntad, estuvo siempre manejada por la cobarde conducta de superiores en el mando, que aprovechando el verticalismo militar, abusaban de esta situación dominante dada su condición de jefes y los reducían a una servidumbre de la milicia que los convertía en autómatas, en herramientas de su cruel cobardía.
Estas mentes inocentes fueron taladradas y manipuladas al punto tal, que no tuvieron opción de elegir entre hacer o no hacer, sufrieron las mismas consecuencias que las padecidas por los contrarios: Torturas, denigración, privación de la libertad y tantos otros tormentos que entonces se utilizaban con quienes pensaban distinto.
Estos jóvenes también murieron y nadie dio nunca una explicación, por cuanto, tratar de hacer entender a un padre o una madre que su hijo murió por haberse enfrentado a un enemigo inventado, no podrá jamás cicatrizar el dolor del alma que ello significa, mucho menos cuando se pretendió justificar una guerra impulsada desde lo ideológico en nuestra propia casa.
Estos jóvenes también desaparecieron y nadie nunca dio una explicación, más que la de declarárselos “desertores”. Situación ésta que pone en evidencia que las circunstancias vividas se encuentran amparadas por Derechos Humanos, en razón de que tales acciones fueron ejecutadas desde el Estado o sus Instituciones, sin que éste ejerciera su obligación de custodia, tutela y guarda, y en abierta violación a los artículos 5 y 11 del Pacto de San José de Costa Rica, celebrado en la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. Pacto este último, al que nuestro país suscribe.
En similares circunstancias, otros jóvenes conscriptos se vieron envueltos, ante la determinación de una persona que no estaba en sus cabales: el ex Presidente de facto Tte. Gral. Galtieri, quien declaró la guerra a las Islas Británicas procurando la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas a través de la fuerza. Destacable es recordar que éste "soldado" no estuvo un solo instante al frente de las batallas que se libraron, tampoco fue quién arriesgó su vida en el frente de batalla; muy por el contrario, escondido tras su escritorio y bajo los efectos del alcohol se protegía de una muerte segura. Total, para ir al frente, para poner el pecho y para morir, estaban los nobles soldados, los jóvenes soldados, los olvidados soldados.
Existen leyes, que por su espíritu representan un reconocimiento, una reivindicación hacia ciudadanos argentinos que de una u otra forma brindaron un servicio a la patria. Estas leyes, representan un acto de justicia. Es así que el Congreso Nacional sancionó las Leyes N° 23848 y N° 24652, que establecen una pensión vitalicia para los ex combatientes de Malvinas.
Una reivindicación hacia esos jóvenes, casi adolescentes que ofrendaron sus vidas y dieron muestras de su valor, luchando en condiciones paupérrimas, enviados a la guerra por aquellos que sólo pensaron en perpetuarse en el poder, aún a costa del sufrimiento de jóvenes, en su mayoría de apenas 18 años de edad. Nadie puede dudar, de la estricta justicia de esta Ley y sus modificatorias.
Aún antes de esta guerra, la vigencia de la Ley de Servicio Militar Obligatorio, que establecía la incorporación de jóvenes con apenas 20 y luego 18 años de edad a las Fuerzas Armadas, obligaba a nuestros ciudadanos, a brindar este servicio a la patria. Un sistema que no brindaba opciones.
Entre todos los argentinos que cumplieron con el Servicio Militar Obligatorio, los comprendidos en las clases 1953, 1954, 1955, 1958 y 1959, fueron llevados a situaciones de enfrentamientos armados y sufrieron las consecuencias físicas y psicológicas que éste acarrea. Todos conocemos esta página negra de la historia de nuestro país. En la que jóvenes ciudadanos fueron obligados a empuñar sus armas en contra de hermanos argentinos.
Estos soldados conscriptos, desde el día de su incorporación fueron entrenados para obedecer órdenes -nunca para cuestionarlas- y las órdenes que impartían los superiores eran precisas: había que aniquilar al enemigo; caso contrario, o el enemigo terminaba con ellos o sus superiores determinaban su definitiva “deserción” de las filas de la Fuerza.
Inocentes de toda connotación y motivación de carácter político, los conscriptos de entonces debieron arremeter en contra de sus propios conciudadanos. No importaba qué credo profesaba, qué raza tenían, qué ideales políticos los sustentaban, a qué país pertenecían. Era una ‘guerra’ que ordenaba el ‘Estado Argentino’ y en el campo de batalla no importaba quién era el enemigo.
Por todo esto, los atribulados soldados, pagaron y continúan pagando con creces la mortificación moral y psicológica que tal hecho significó.
Sin duda alguna, aquellos jóvenes argentinos, ya hombres y ciudadanos de hoy, son los grandes olvidados de este tramo oscuro y doloroso de nuestra historia reciente.
Es nuestro deber, recuperar nuestra memoria respecto de ellos: de los que murieron en enfrentamientos sin elección, de los que desaparecieron por pretender elegir, y de los que sobrevivieron porque obedecieron, sometidos a fuerza de terror y sin la posibilidad del disenso.
Reconocer que también formaron parte de una juventud amenazada por el terror ejercido desde el Estado y con sus cerebros lavados por una lucha inventada. Sin sopesar o valorar la condición de soldados que prestaron servicio a las Fuerzas Armadas, por cuanto -reitero- se trataba de un servicio obligatorio sin posibilidad alguna de elección, y por consiguiente no merecen igual tratamiento que los que impartían las órdenes. Y en esta idea ser marginados de la sociedad por haber hecho algo que no les brindaba opción alguna, puesto que la Ley de Servicio Militar Obligatorio, los tenía como rehenes y a la merced de los trasnochados pensamientos de los Videla, los Agosti, los Massera, los Suárez Mason, los Bussi y tantos otros que se valieron de estas mentes inocentes para plasmar sus diabólicos planes de poder.
Un párrafo aparte, pero no menos importante para rescatar en lo que es nuestra Historia Argentina reciente, lo constituye el denominado conflicto con Chile por el Canal de Beagle.
Esta Argentina de hoy, también parece haberse olvidado aquellos días de 1978 donde los gobiernos de Argentina y Chile, concretaron la mayor crisis bilateral de la historia entre ambos países; donde de uno y otro lado, las dictaduras militares se fortalecían de la mano del terror y sometían a sus habitantes a la miseria a cambio de la militarización descontrolada que incluía la compra de equipos bélicos, de comunicación y logísticos de altísimos costos, que además encubrían suculentos negocios.
Por entonces, en las regiones de frontera se encontraban a fines de 1978 más de 250.000 efectivos de todas las fuerzas, preparados para entrar en combate. Ambos países movilizaron sus Armadas, con destructores, portaaviones y submarinos en previsión de un duro combate naval.
La escalada de tensión llegó a su punto máximo el día 22 de diciembre, donde se estuvo a pocas horas de comenzar el enfrentamiento, a tal punto que todas las unidades militares recibieron la novedad de que el País se encontraba en guerra con Chile.
En tanto que la situación evolucionaba hacia el conflicto armado, la diplomacia se esforzaba por encontrar una salida viable para ambos países, que finalmente llegó en la misma jornada del 22 de diciembre cuando Su Santidad Juan Pablo II aceptó mediar en la disputa, encomendando la misión al recordado Cardenal Samoré.
Aún bajo la negociación diplomática y bajo la supervisión de los Dignatarios de la Iglesia Católica, ambos países mantuvieron en movilización sus Fuerzas Armadas en la zona de conflicto, en la que muchos efectivos permanecieron hasta seis meses, sin retornar a sus hogares, con un estrés psicológico provocado por estar bajo la tensión de una guerra inminente.
Cabe recordar aquí, que los conscriptos afectados a este inminente conflicto armado, pertenecían a las clases 58 - de la que muchos fueron reincorporados- y 59, bajo bandera al momento de los acontecimientos.
El actual Gobierno ha señalado el camino para la reivindicación de la memoria colectiva de aquellos años de la Dictadura Militar, y en ello se inscriben la reactivación de los juicios a torturadores, la labor de las entidades de Derechos Humanos, y muchos actos que tienden a rescatar la verdad objetiva.
Los hechos que aquí se describen, además de encontrarse avalados por abundante documentación, se mantienen en la memoria del pueblo, y merecen ser auspiciados por las Instituciones, como forma de formular un “Reconocimiento Histórico” a quienes fueron protagonistas involuntarios de estos hechos.
En cuanto a la reparación por los tormentos dictatoriales vividos en nuestro país, se avanzó notablemente en materia de derechos humanos, reconociendo en las víctimas del terrorismo de estado el espacio que perdieron, tanto en lo social como en lo económico. El Estado, para paliar el déficit de custodia que por entonces no ejercía, indemnizó tanto a los protagonistas de los trágicos momentos vividos, como a sus familiares, situación que se extendió también a quienes prestaron servicios en nuestro Ejército, por la guerra librada contra Inglaterra por la recuperación de las Islas Malvinas.
Entiendo que existe un vacío respecto de aquellos jóvenes soldados conscriptos que fueron empujados al enfrentamiento armado en la década siniestra. Sin embargo, les asiste el mismo e igualitario derecho que los que resultaron víctimas directas de la dictadura, toda vez que éstos, también resultaron ser víctimas del mismo agente y es nuestro deber como representantes del pueblo, hacerlos gozar de los beneficios ya acordados.
El objetivo del proyecto de Ley.
El principal objetivo que persigo con el presente proyecto, es el de otorgar un Reconocimiento Histórico a quienes fueron incorporados durante los años 1.974 a 1.978 a las Fuerzas Armadas en calidad de soldados conscriptos, en cumplimiento de la Ley de Servicio Militar Obligatorio, más los beneficios de una Pensión Honorífica Vitalicia y la cobertura de asistencia social, mediante el acceso a una Obra Social que les cubra una asistencia en su salud y la de sus familiares, y que comprendería a las clases 53, 54, 55, 58 y 59.
Antecedentes.
Como antecedente traigo a colación legislación comparada, y cito el modelo español que reparó a quienes combatieron en ambos frentes en la Guerra Civil Española, con una pensión otorgada a éstos por una suma de Seiscientos Euros (€ 600) y que son enviadas a sus beneficiarios en toda España e inclusive a algunos que se encuentran residiendo en lo que fue la Unión Soviética, como un reconocimiento por los daños padecidos por sus ciudadanos que se vieron afectados como consecuencia de tales acontecimientos históricos.
En nuestro país, la ley 24.411 de "Desaparición Forzada de Personas", acordó beneficios extraordinarios, a personas que al momento de sancionarse dicha ley, se encontraban en situación de desaparición forzada de personas, cuando se hubiere privado a alguien de su libertad personal y el hecho fuese seguido por la desaparición de la víctima, o si hubiere sido alojada en lugares clandestinos de detención o privada bajo cualquier forma del derecho a la jurisdicción.
En idéntico sentido, la ley 24.823, modificó algunos recaudos de la mencionada 24.411, pero siempre manteniendo los beneficios que la misma les acordaba a las personas que acreditaren encontrarse dentro del mencionado marco normativo, ampliando, aclarando e incorporando en algunos casos, situaciones particulares de los potenciales beneficiarios que no habían sido contempladas en la ley modificada.
La ley 24.652/96, modificatoria de la ley 23.848/90, también otorga una pensión de guerra a los ex soldados conscriptos de las Fuerzas Armadas que hayan estado destinados en el teatro de operaciones Malvinas, o entrado efectivamente en combate en el área de operaciones del Atlántico Sur y a los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo en los lugares antes mencionados, entre el 2 de Abril y 14 de Junio de 1982.
En ambos casos, las mencionadas leyes, no sólo otorgaron los beneficios de la pensión a quienes fueron directos protagonistas, sino que además, posibilitaron que familiares directos, abuelos o concubinos, pudieran gozar de tal beneficio, acreditando debidamente las condiciones que justificaran tal solicitud.
Cabe destacar, además, que la situación en que se encuentran los ex conscriptos de las clases mencionadas, se encuentra amparado por los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949, como así también por sus dos Protocolos Adicionales: tanto en el Protocolo I Adicional a los Convenios de Ginebra, en el Título III, Sección II, Artículo 43, incisos 1 y 2; como en el Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra, Artículo 1, inciso 1. Argentina es uno de los países suscriptores de los Convenios de Ginebra, por lo que esta situación debe ser atendida propiciando la sanción de legislación apropiada, que coloque al país en situación de cumplimiento con los compromisos internacionales suscriptos.
Ya se ha hecho mención al Pacto de San José de Costa Rica. Y de la lectura del Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA de 1980, se desprende claramente la doble condición de ‘víctimas-rehenes’ en que se encontraban los ex-conscriptos mencionados, y sujetos a una relación de naturaleza administrativa entre cada uno de ellos y el Estado Nacional, representado por cada una de las Fuerzas Armadas.
En definitiva, existen antecedentes legislativos ciertos y normas de convenios internacionales, que posibilitan el conocimiento, estudio, análisis y resolución de este proyecto que sustentan los fundamentos vertidos, pero que además las situaciones y recaudos determinados en los mencionados cuerpos normativos, guardan estrecha relación con las descriptas en el presente, sin que pudieran existir o soslayarse hechos o circunstancias que posibiliten, o mejor dicho, que justifiquen la exclusión de los pretendidos beneficiarios, descriptos en el objeto de este proyecto.
La situación de Soldados Ex Conscriptos.
La Ley 17.531 de Servicio Militar Obligatorio, disponía en el Capítulo III, bajo el título "Servicio de Conscripción", que el mismo era el servicio militar que se cumplía con carácter obligatorio y durante la paz, por parte de los argentinos convocados a tal efecto en el año que cumplen 18 años de edad (Artículo 11). El Artículo 13, sostenía en el segundo párrafo "Tendrán estado militar desde el momento que se efectúe su presentación, voluntaria o no”...
Ambas normas, se condecían con las que disponían los Artículos 1º, 4º, 5º, 6º y 7º, en las que se conceptuaba al servicio militar como de obligatorio, desplazando cualquier opción o manifestación de elección de parte de los convocados, a quienes se sometía a la jurisdicción militar atento que para ello se les acordaba estado militar, dependiendo del Ejecutivo Nacional, que por entonces estaba en poder de Jefes militares.
Destacable es mencionar que los jóvenes que integraron las clases 53, 54, 55, 58 y 59, ingresaron a prestar servicio con 20 y luego 18 años a las filas de las Fuerzas Armadas y egresaron de las mismas con 21, luego 19 años o tal vez un poco más. En igual sentido debe tenerse presente que desde 1974 a 1978, las fuerzas militares actuaron reprimiendo a quienes ellos consideraban subversivos del régimen y bajo este rótulo, justificaron la muerte de inocentes, como así también los tormentos aplicados a quienes resultaban prisioneros.
Los soldados de las clases mencionadas, estuvieron afectados para luchar contra ‘elementos subversivos’, como los designaban los decretos 261; 2770; 2771 y 2772 de 1975, durante el período comprendido entre los años 1974 a 1978, en una zona de operaciones que comprendió todas las regiones del país, tal como fue estratégicamente dividido el país en cinco zonas, o cinco comandos.
Estos ex-conscriptos, en su corta edad, debieron padecer y enfrentar situaciones de violencia, tales como ver sometidos a rigores y maltratos físicos a sus propios compañeros, como al igual, ver como estos morían en los enfrentamientos armados, evidenciando que sus vidas siempre estuvieron en juego; debido a esto, muchos de ellos padecieron trastornos psíquicos y físicos, sin que las Fuerzas Armadas para quienes sirvieron y los sucesivos gobernantes de turno, hubieren aportado soluciones inmediatas para paliar estos trastornos.
Debo destacar una vez más, que estos ex conscriptos, no actuaron de manera voluntaria en los acontecimientos de la época del proceso militar, ni tampoco lo hicieron en las filas de las Fuerzas Armadas por su propia convicción, éstos fueron llevados por el imperio de una ley que les obligaba desde la misma incorporación a someterse al régimen militar, aún cuando ellos no lo solicitaron.
Testimonios de los más variados, han sido coincidentes en expresar que en caso de no acatar las órdenes de los superiores militares, eran encarcelados y sometidos casi a un estado de servidumbre, con la denigración que ello significa, cuando no desaparecidos. Téngase presente que estos ciudadanos no fueron condenados por delitos de lesa humanidad, no fueron sometidos al juzgamiento por crímenes de guerra, por cuanto, no fueron ellos los artífices ni los organizadores de las muertes y desapariciones de miles de argentinos, por esto y por muchas cosas más es que no merecen la marginación social. Mucho menos el escarnio con que algunos los refieren.
No se merecen ni la marginación social, ni el olvido, ni la falta de reconocimiento. No se construye una sociedad sobre la marginación, ni el olvido proporciona cimientos adecuados para tal construcción. Tampoco se llega a la verdad fraccionando la memoria. Olvidando a quienes representan una parte de la historia: a sus protagonistas obligados y víctimas simultáneamente.
Si hay algo que se llame Patria, nunca lo será si blandiendo el olvido desaloja moralmente a quienes pusieron su vida en juego por ella, en acontecimientos que ya hoy, recoge la historia.
Hoy, muchos de estos ex-conscriptos, ya entrados en años y con familias a cuestas, deben soportar otras angustias como la de ser un desocupado, o bien percibir un salario por debajo de los mínimos establecidos, no estar registrados laboralmente, etc., a lo que se suma la imposibilidad de poder recibir una atención adecuada de salud, por no contar con una Obra Social o asistencia que se le parezca, en lo que importa un abandono que debe ser considerado y solucionado.
No son diferentes estos ex combatientes a los que pelearon y murieron en Malvinas, porque el sólo hecho de distinguir las situaciones bélicas, unos enfrentados a un enemigo externo y otros con un enemigo interno (o no, inventado o no), no resulta impedimento para diferenciar, toda vez que, lo que importa, es el sometimiento y el rigor ejercido sobre sus personas, tanto en el plano psicológico, como en el físico, que les fuera impuesto a raíz de un hecho que no les dejaba alternativa y que los hace iguales, frente a la sociedad toda y frente a quienes de alguna manera, ejercemos un espacio político con capacidad suficiente para atender estos reclamos.
Espero que los fundamentos expresados, sean interpretados en su literalidad y oportunamente con el apoyo de mis pares, sea aprobado.

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viernes, 12 de diciembre de 2008

Trucha

No es lo mismo pescar truchas que truchos...


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Humor IV

Un matrimonio fue invitado a una fiesta de máscaras y disfraces. A ella le dolía muchísimo la cabeza, y entonces le dijo al marido que fuera solo.
Él protestó, pero ella le dijo que se iba a tomar una aspirina y se iba a ir a la cama, y que no había necesidad de que él se quedara en la casa.
Así que el marido se puso el disfraz y se fue. La mujer, después de dormir una hora, se despertó bien, sin dolor. Como era temprano, decidió ir a la fiesta. Como el marido no sabía cuál era su disfraz, ella pensó que sería divertido observar cómo actuaba cuando él estaba solo.
Ella llegó a la fiesta, buscó a su marido por el disfraz y lo vio bailando en la pista con cada chica con la que se cruzaba, tocando un poco por acá y tirando besitos por allá.
La mujer se le acercó y empezó a seducirlo. Él dejó a la mujer con la que estaba y se dedicó a la recién llegada. Ella lo dejó avanzar todo lo que él quiso; después de todo, era su marido. En un momento, él le susurró una proposición en el oído, y ella aceptó.Salieron, entraron a uno de los autos y tuvieron sexo.
Antes de desenmascararse, a medianoche, ella se escabulló, fue a su casa, se sacó el disfraz y se metió en la cama,preguntándose que clase de explicación le iba a dar el marido. Cuando él entró, ella estaba sentada en la cama, leyendo.
- ¿Cómo te fue? le preguntó.
-Bueno, lo de siempre -dijo él-. Ya sabes que no la paso bien cuando tú no estás conmigo.
- ¿Bailaste mucho?
- Ni una sola pieza. Cuando llegué, me encontré con Pedro, Guillermo y otros muchachos, así que nos fuimos a la planta alta y jugamos póquer toda la noche...
-Lo que no me vas a poder creer es lo que le pasó al tipo al que le presté mi disfraz...
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El obrero y el pato
Un obrero soltero decide acabar con su soledad y alquilar el placer, pero primero tenía que juntar la plata haciendo horas extras. Cuando junta el dinero se dirige hacia el cabaret que estaba frente a su casa, entra y le dice a la madame:
-Quiero la mujer más linda que tengan aquí. A lo cual la madame le contesta:
-Mire, mujeres libres libres a esta hora no hay, lo que sí hay es la nueva moda francesa, lo que consiste en una hora con un pato. El obrero se niega rotundamente hasta que la madame le hace una propuesta:
- Mire, si no le gusta el pato lo hace con todas las chicas que hay aquí y gratis.
El tipo se dice a sí mismo:

-Entro y al rato salgo y digo que no me gustó y me volteo a todas las minas y gratis.

-Bueno, entro- dice.
A las dos horas sale el tipo con una sonrisa de oreja a oreja.
La madame le pregunta si le gustó a lo que el obrero le responde:
-Es lo mejor que pasé en mi vida¡¡¡
Al mes siguiente el obrero vuelve a hacer horas extras pero esta vez sólo para hacerlo con el pato.
Llega al cabaret y le pide a la madame el pato. Pero ella le dice que lo del pato había sido el mes pasado, que ahora podía ver el show de las lesbianas.
El tipo le dice:
-Hacemos como el mes pasado? No?
-Sí, señor, igual- le contesta.
Entra el tipo a la habitación en la cual había unas tribunas llenas de gente y se veía hacia una cama con vidrios (los cuales se veía para adentro pero no para afuera).
Al salir el tipo se cruza con unos de los que había visto el show también y le comenta:
-Che, qué bueno este show, todavía no para de sorprenderme lo que hacen estas chicas.
A lo cual el otro le contesta:
-HUBIERA VENIDO EL MES PASADO, QUE HABÍA UN BOLUDO CON UN PATO.

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